A través de la ley 17.719/2021 la legislación fiscal del municipio de São Paulo ha sufrido varios cambios.
La Ley 17.719/2021 se publicó el 27 de noviembre de 2021, como resultado del Proyecto de Ley 685/2021.
Entre otras cosas, la ley hace que sea opcional para los proveedores de servicios ubicados fuera del municipio de São Paulo para registrarse en el COPOM, invalida las normas de retención del ISS cuando el proveedor no está registrado, entre otros puestos relacionados con el tema:
- CPOM
- SSI
- IPTU
- ITBI
- OPERACIÓN FISCAL
- PROGRAMA DE INCENTIVOS FISCALES
ARTÍCULO: CPOM - Qué es y cómo pueden afectar a su empresa los cambios definidos por el Tribunal Supremo
Desde el principio, debemos considerar que los cambios han sido significativos, ¡y la mayoría positivos!
Asimismo, estos cambios debe respetarse a partir de 2022¡y sólo son válidos para el municipio de São Paulo!
Para mantenerle al día de los nuevos requisitos, A continuación explicaremos los puntos de mayor atención:
CPOM - Registro de Empresas Fuera del Municipio
En referencia a Registro Mercantil de fuera del municipio, por lo que los cambios son muy positivos.
La ley reconsideró la obligación establecida por el STF de que las empresas tuvieran registros activos, y convirtió en opcional el registro de los prestadores de servicios establecidos en otros municipios.
Además, la ley también anulaba el requisito de retención de impuestos por empresas/prestadores de servicios en la ciudad de São Paulo.
Por otro lado, es más estricto en la aplicación de sanciones relacionadas con las facturas, en caso de no emisión o emisión incorrecta por parte del prestador de servicios o intermediario, si se demuestra el conocimiento de los cambios fiscales.
ISS - Impuesto sobre servicios
En cuanto al Régimen Especial de Pago del ISS aplicable a las sociedades profesionales de Uni, para exigir el impuesto, la base fija de cálculo se transformó en tramos progresivos de ingresos brutos mensuales.
También se han introducido cambios en los servicios descritos en los puntos 10.05 y 17.11 de la ley 13.701/2003, como los alquileres, la gestión de la propiedad a través de una plataforma digital, el transporte de pasajeros o la entrega a través de una plataforma digital, por lo que en estos casos la ISS se ha reducido de 5% a 2%.
También hubo una reducción para los servicios descritos en los puntos 10.04, 23.01, 13.01, 13.02, 13.03 y 17.07, ya que:
-Agencia;
- Correduría o intermediación de contratos de franquicia;
- Programación/comunicación visual;
- Fonografía;
- Foto;
- Cinematografía;
- Reprografía;
- Digitalización;
- Franquicia.
También se modificó el artículo 1 de la ley, excluyendo las subastas de la exención del ISS, pero manteniendo exentos a los profesionales autónomos y los trabajadores por cuenta propia.
IPTU - Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana
La ley actualizó el Plan de Valor Genérico, definiendo bandas de descuento para la base imponible del IPTU sobre las propiedades con un valor de hasta R$345.000,00, eximiendo así de impuestos a las propiedades con un valor inferior a R$120.000,00, y a las propiedades residenciales con un valor entre R$120.000,00 y R$230.000,00.
Otros cambios relacionados con el IPTU son:
-Reducción de las multas: Los artículos 3º y 6º siguen ocupándose de las multas por cometer un acto intencionado, reduciendo los importes de las multas en los casos de:
- Reducción de la multa 50% si se paga a tiempo;
- 25% reducción de la multa en caso de pago en el curso del análisis.
-Exención de pago: Acreditando ingresos, entre otros requisitos, los pensionistas pueden obtener la exención del IPTU.
Las nuevas normas se limitan a una propiedad por contribuyente y del mismo modo entrará en vigor el 24/02/2022.
ITBI - Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales
En cuanto a los Impuestos de Transición sobre Bienes e Inmuebles, los cambios se produjeron en términos de inclusión.
Inclusión de contribuyentes en los supuestos de constitución, extinción o transmisión de derechos de superficie.
Del mismo modo, el rango de tipos impositivos se amplió a 0,5% para la financiación de hasta R$600,00.00 para las transferencias de propiedad bajo el SFH, Par y HIS.
Transacción fiscal
Los cambios en la Legislación Tributaria también definieron la extinción de las deudas tributarias cobradas a las organizaciones religiosas y educativas sin fines de lucro, autorizando a la Procuraduría Municipal a reglamentar los procedimientos relativos a los descuentos de multas e intereses.
Programa de incentivos fiscales
La ley también altera algunos aspectos de los programas de incentivos fiscales para los proveedores de servicios de la Zona Este, lo que permite la incorporación de nuevos tipos de servicios, como:
- Paisajismo;
- Guía turístico;
- Parques de atracciones, centros de ocio;
- Servicio de reclutamiento y selección de mano de obra;
- Servicios de decoración de fiestas y catering;
- Servicios técnicos en edificios como electrónica, mecánica, entre otros.
En este sentido, es evidente que varios de estos cambios se realizaron con vistas a favorecer a las empresas/negocios afectados por la pandemia de Covid-19, favoreciendo así la recuperación económica del Estado.
Las nuevas normas entrarán en vigor el 01/01/2022. - excepto las relativas al IPTU, que entrarán en vigor a partir de febrero, 90 días después de que se publiquen los cambios.
Por lo tanto, el tiempo para comprender y adaptar los procesos a los cambios en la legislación fiscal, informar a los clientes y planificar es aceptable.
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