Entender qué es la DSR, qué dice la legislación sobre este derecho y cómo se calcula.
DSR es el acrónimo de Descanso Semanal Remunerado, un derecho de todos los trabajadores de CLT. Está previsto en el artículo 7, punto XV, de la Constitución Federal.
Aunque se trata de un derecho común, sigue habiendo muchas dudas al respecto. En este artículo te explicamos la DSR, cómo funciona, cuándo tienen derecho a ella los trabajadores y cómo calcular la retención en sus nóminas.
DSR: Descanso semanal remunerado, ¿en qué consiste?
El Descanso Semanal Remunerado es un derecho de todo trabajador contratado en régimen de CLT.
El objetivo es que los trabajadores tengan tiempo para descansar, socializar con la familia o los amigos y realizar cualquier actividad que no esté relacionada con el trabajo.
El descanso es muy importante para preservar la salud de los trabajadores, tanto física como mental.
Como su nombre indica, se trata de tiempo libre retribuido. Por tanto, debe tenerse en cuenta a la hora de calcular el salario del trabajador.
La norma general establece que, tras seis días consecutivos de trabajo, el trabajador puede disfrutar de un descanso semanal retribuido de al menos 24 horas, sin perjuicio de su salario o retribución.
Sin embargo, las empresas pueden conceder el descanso antes de los 6 días consecutivos. Es el caso de los trabajadores que trabajan de lunes a viernes y descansan sábados y domingos.
Lo que no pueden hacer las empresas es saltarse la norma y superar los seis días.
¿Qué dice la ley sobre DSR?
Según la ley, el DSR se considera un derecho inalienable de todos los trabajadores, ya sean urbanos o rurales. Su finalidad es que los empleados dispongan de tiempo para descansar y socializar, preferiblemente los domingos.
Esto está previsto en los artículos 67 a 70 de la CLT, en el artículo 7, punto XV de la Constitución Federal, y también en la Ley 605/1949.
El CLT considera que el descanso retribuido es una norma de salud y seguridad en el trabajo. Véase lo que dice el art. 67:
"Art. 67 - Todo trabajador tendrá garantizado un descanso semanal de 24 (veinticuatro) horas consecutivas, que, salvo por razones de conveniencia pública o imperiosa necesidad del servicio, deberá coincidir con el domingo, en todo o en parte."
¿Quién tiene derecho a la DSR?
Por regla general, todos los trabajadores contratados al amparo del Régimen CLT tienen derecho a DSR, con derecho al menos a un día libre a la semana, con un período de descanso de 24 horas.
No obstante, existen situaciones en las que el trabajador recibe una deducción por el Descanso Semanal Remunerado en su nómina.
El derecho pleno a la DSR se adquiere cuando el trabajador cumple el requisito de asistencia. Es decir, tiene que estar presente y ser puntual, sin ausencias, retrasos ni excusas durante la jornada laboral de la semana anterior a la pausa.
Los retrasos dentro del tiempo mínimo de tolerancia de la empresa no se consideran motivos de descanso. El artículo 58 de la CLT establece que no se contabilizan los retrasos de 5 minutos ni las variaciones de 10 minutos al día.
Además, los trabajadores que no cumplen sus obligaciones de asistencia pierden su derecho a la paga DSR. Sin embargo, no pierden su derecho al descanso.
Pongamos un ejemplo: si un trabajador se ausenta durante la semana y no ha presentado una excusa, pierde el importe equivalente a la jornada laboral y el DSR. Sin embargo, sigue disfrutando de su día libre con normalidad.
¿Cómo funciona?
De acuerdo con las disposiciones de la Constitución Federal relativas al Descanso Semanal Remunerado, éste debe concederse preferentemente los domingos, por ser un día considerado más adecuado para el descanso y la convivencia.
Sin embargo, hay muchas empresas que necesitan operar en domingo, sobre todo las del sector alimentario, como supermercados y restaurantes. Además de otros sectores como el farmacéutico, el sanitario o el de eventos, entre otros.
En estos casos, la DSR se concede normalmente, teniendo en cuenta las normas, dentro de un formato de escala que puede ser 6×1, 6×2 y otros.
¿Cómo se calcula?
El cálculo del Descanso Semanal Remunerado tiene en cuenta la jornada laboral, el salario percibido, los días trabajados y los días de descanso. Por ello, el cálculo puede variar en cada nómina.
Para los empleados que no perciben comisiones ni horas extraordinarias, el importe del tiempo libre ya está incluido en su salario. Aparece resaltado en la nómina mensual.
Para quienes trabajan por días, la deducción equivale al valor de la jornada trabajada, sin primas ni comisiones.
Para ello, sume las horas del mes y divida el resultado por el número de días de la semana, contando el sábado. A continuación, se multiplica el resultado por el número de domingos y festivos. Por último, hay que multiplicar el valor obtenido por la hora de trabajo.
Es importante recordar que hay que incluir las horas extraordinarias en el cálculo, de conformidad con la Ley 7.415/1985 y la sentencia 172 del TST.
DSR en horas extraordinarias
Las horas extraordinarias aumentan la jornada laboral del trabajador y, por tanto, también se reflejan en el Descanso Semanal Remunerado.
DSR = (valor total de las horas extraordinarias trabajadas en el mes / días laborables del mes) x domingos y festivos.
DSR sobre trabajo nocturno adicional
Al igual que en el caso de las horas extraordinarias, el plus de nocturnidad también debe tenerse en cuenta a la hora de calcular el DSR.
El complemento equivale a 20% de la tarifa horaria para el trabajo diurno.
Para ello, sume las horas nocturnas trabajadas durante el mes. Divida el total por el número de días laborables. Multiplique el resultado por el número de domingos y festivos. A continuación, multiplique el resultado por el valor de la hora nocturna.
¿Qué es la retención salarial DSR?
Las retenciones de nómina se producen cuando los empleados se ausentan del trabajo sin justificación o cuando llegan tarde.
En tal caso, se deducirá el DSR y se reducirá la retribución.
Si la empresa autoriza las ausencias o los retrasos, el pago se efectúa con normalidad.
Comprender las variaciones de DSR en función de la jornada laboral
El cálculo del DSR puede variar en función del tipo de jornada o de la forma de remuneración.
- Trabajadores mensuales - el DSR ya está incluido en el salario, y el cálculo es el siguiente: DSR = (salario x número total de DSR del mes) / número de días laborables del mes;
- Trabajadores por horas: la diferencia radica en que las horas percibidas deben convertirse en un salario mensual. El cálculo se realiza de la siguiente manera DSR = (Total de horas trabajadas en el mes x Salario por hora) x (número total de DSR en el mes) / número total de días laborables en el mes;
- Trabajadores a comisión: en este caso, hay que sumar el importe total de la comisión, dividirlo por el número de días de trabajo y, por último, multiplicarlo por el número de días de descanso.
¿En qué casos pierden los trabajadores su derecho al descanso semanal retribuido?
La DSR puede deducirse de la nómina cuando el trabajador se ausenta sin justificación o no cumple íntegramente su jornada laboral durante la semana.
¿Cómo podemos ayudarle?
Con el asesoramiento de una empresa especializada y con experiencia como CLM Controller, su empresa garantiza el cumplimiento de la ley y evita problemas relacionados con el impago del DSR o pagos irregulares.
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