A partir de 2026, los beneficios y dividendos distribuidos a personas físicas tendrán Retención del impuesto sobre la renta (IRRF) de 10% sobre las cantidades que superen un límite mensual. En otras palabras, los dividendos -que son la parte del beneficio neto de una empresa que se distribuye a los socios o accionistas- dejarán de estar totalmente exentos y pasarán a estar parcialmente gravados.

En este artículo, dirigido a empresarios y directivos, explicamos qué cambiará con el nuevo fiscalidad de los dividendos y presentamos 5 consejos prácticos sobre cómo prepararse para este cambio. El objetivo es guiarle a través de acciones concretas que puede emprender ahora mismo para minimizar el impacto fiscal cuando la ley entre en vigor.

¿Qué cambiará con la fiscalidad de los dividendos?

Actualmente, cualquier cantidad de beneficios distribuida a los accionistas es exentos del impuesto sobre la renta de las personas físicas. Es decir, los empresarios pueden retirar beneficios en forma de dividendos sin pagar IR, tributando sólo por la empresa. Con la nueva norma de 2026, esto cambiará: habrá un límite de exención y todo lo que supere ese tope tributará.

Sólo estarán exentos los primeros 50.000 R$ al mes, por empresa, en dividendos pagados a la misma persona física; lo que exceda de esta cantidad tendrá 10% IR retenido en origen por el propio pagador..

Qué cambiará con la fiscalidad de los dividendos

Sólo estarán exentos los primeros 50.000 R$ al mes, por empresa, en dividendos pagados a la misma persona física; lo que exceda de esta cantidad tendrá 10% IR retenido en origen por el propio pagador..

En otras palabras, la empresa que distribuye dividendos por encima del límite mensual deducirá el 10% de la cantidad excedente y pagará este impuesto a Hacienda.

Es importante subrayar que a favor de los trabajadores (el “sueldo” de los socios gestores) sigue tributando normalmente según la tabla progresiva del IRPF y sujeto a cotizaciones a la Seguridad Social, como siempre ha sido. La diferencia es que, dentro de la reforma, la banda de exención del IRPF para los salarios se ampliará a 5.000 R$ en 2026, lo que favorece a quienes perciben salarios más pequeños. En cambio, los dividendos, que antes no tributaban, pasarán a tributar a 10% para importes elevados.

En la práctica, los empresarios que solían retirar gran parte de sus beneficios como dividendos exentos tendrán que replantearse su estrategia de remuneración. Perfiles como los socios de empresas medianas (Lucro Presumido o Lucro Real) que mantenían un bajo pro-trabajo y repartían casi todo el beneficio como dividendos, o los profesionales autónomos con empresa propia que se pagaban mayoritariamente con beneficios, se verán directamente impactados.

Por otra parte, las empresas más pequeñas y los distribuidores de beneficios modestos posiblemente seguirán exentos, ya que no superan el límite máximo mensual (por ejemplo, una distribución de hasta 50.000 R$ al mes por socio no estará sujeta a impuestos).

En resumen, a partir de 2026 el Los socios que obtengan grandes beneficios pagarán más impuestos, Mientras que los que estén dentro del límite de exención seguirán sin tributación adicional. La empresa pasa a ser responsable de retener y recaudar el impuesto sobre la renta por el exceso de dividendos, lo que conlleva nuevas obligaciones fiscales. Ante este importante cambio en el panorama fiscal, es esencial entender cómo prepararse. He aquí cinco consejos prácticos para ayudar a su empresa a adaptarse a las nuevas normas con las mínimas molestias.

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5 consejos prácticos para preparar la tributación de los dividendos

¿Cómo pueden los empresarios anticiparse y adaptarse a esta nueva fiscalidad? Consulte cinco medidas prácticas que puedes adoptar ahora mismo:

1 - Revisar la estructura corporativa y el pro-trabajo.

Evalúe si la estructura actual de socios y la forma de remuneración están optimizadas para el nuevo escenario. Puede tener sentido ajustar la participación accionarial entre miembros de la familia o socios de confianza para utilizar mejor el límite de exención de 50.000 R$ por persona - por ejemplo, un el holding familiar puede distribuir beneficios entre varios miembros (cónyuge, hijos) de forma planificada, diluyendo los importes por CPF y reduciendo la incidencia del impuesto dentro del límite legal.

Asimismo, reevalúe la a favor de los trabajadores de los socios: con la exención del IRPF ampliada a los salarios de hasta R$ 5 mil (y reducción parcial del tipo impositivo hasta unos 7,5 mil R$ al mes), puede ser ventajoso aumentar ligeramente los pro-laboristas en 2026.

Pagar a los afiliados un salario mensual razonable (en lugar de cantidades simbólicas) garantiza que parte de la retirada quede exenta en sus nóminas. reduce la dependencia de distribuir todos los beneficios vía dividendos (que por encima del límite estaría sujeto al IR 10%). Además, una adecuada pro-trabajo asegura las cotizaciones al INSS y otras prestaciones laborales de los socios, reforzando su seguridad económica personal.

2 - Planificar el reparto de beneficios con antelación.

Si su empresa tiene beneficios acumulados de años anteriores o incluso del ejercicio 2025, considere la posibilidad de distribuirlos antes de que entre en vigor la nueva fiscalidad.

La legislación aprobó un importante norma transitorialos beneficios calculados hasta el 31/12/2025 seguirán exentos del IR 10% **siempre que la distribución de dichos beneficios sea **formal aprobado antes del 31 de diciembre de 2025. Esto significa que no necesariamente tiene que pagar todo a los socios inmediatamente, pero sí tiene que deliberar y registrar el reparto de beneficios en 2025 (por asamblea, balance, etc.) para garantizar la exención, pudiendo efectivamente pagar estas cantidades a los socios a lo largo de 2026 y años sucesivos sin tributar.

Planifique el reparto de beneficios con antelación.

Si se le pasa este plazo y no distribuye esos antiguos beneficios hasta 2026 o más tarde, serán tributará con 10% en origen normalmente. Muchos empresarios ya se están moviendo para aprovechar esta ventana de exención hasta finales de 2025, así que no lo deje para el último momento: discuta con sus contables la mejor manera de aprovecharla. distribución anticipada de beneficios y reservas antes de que acabe el año.

De cara al futuro, planifique también estratégicamente las futuras distribuciones; por ejemplo, podría ser útil evitar concentrar todos los beneficios en un solo mes; Si es posible, distribúyalo en mensualidades más pequeñas a lo largo del año, manteniéndose dentro del límite de 50.000 RTP4T mensuales exentos.

Sólo recuerde que, aunque divida las cantidades mensualmente entre varias empresas o periodos, si la suma anual por CPF supera los 600.000 R$, se producirá una imposición por el impuesto mínimo en el ajuste anual del IR.

Rodrigo Ribeiro - Socio y Contable en CLM Controller

En resumen, elabore con antelación un calendario de retiradas para optimizar el uso de las exenciones y evitar sorpresas.

3 - Reevaluar los contratos y los regímenes fiscales

Este es el momento de llevar a cabo una revisión exhaustiva de su planificación fiscal y de los instrumentos jurídicos de la empresa. Compruebe si estatutos o acuerdo de accionistas debe adaptarse a las nuevas normas (por ejemplo, acuerdos de distribución de beneficios, cláusulas mínimas a favor de los trabajadores, etc.).

Lo más importante:

Reconsiderar el régimen fiscal de la empresa para 2026. Dependiendo de su caso, puede ser ventajoso cambiar la opción de tributación (Simples Nacional, Lucro Presumido o Lucro Real) para minimizar la carga total de la tributación de los dividendos.

Evalúe también alternativas para remunerar a los socios que sean fiscalmente eficientes: una de ellas es la Intereses sobre el capital (JCP). El JCP sigue estando permitido y tributa a 15% en origen, pero tiene la ventaja de ser deducible del beneficio imponible de la empresa, lo que puede suponer un ahorro total de impuestos y un aumento del importe neto repercutido a los accionistas. En 2026, el JCP tiende a seguir siendo ventajoso principalmente para las empresas con Beneficios Reales, por lo que vale la pena discutir con su contador si esta estrategia se ajusta a su negocio.

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4 - Implantar controles financieros más precisos.

a mayor complejidad de la fiscalidad aumenta también la necesidad de estricto control financiero y contable de su empresa. Será esencial seguirlo de cerca:

  • Beneficios mensuales y acumulados: controlar el beneficio calculado cada mes y llevar un registro claro de los beneficios acumulados hasta 2025, separados de los beneficios a partir de 2026, ya que se tratarán de forma diferente (los antiguos beneficios aprobados hasta 2025 están exentos de distribución; los nuevos beneficios estarán sujetos a impuestos).

  • Distribuciones a los socios: Lleve un registro exacto de los dividendos que cada accionista recibe cada mes de cada empresa, para saber cuándo superará el límite de 50.000 R$ y tendrá que retener impuestos.

  • Cálculo de las retenciones: estar preparados para calcular y recaudar correctamente el nuevo IRRF de 10% cuando corresponda - esto puede requerir adaptaciones en el sistema de nóminas/financiero para emitir DARF, informes, etc.

  • Ajuste anual del impuesto mínimo: recuerde que tendrá que consolidar los ingresos totales de cada socio durante el año (salarios, alquileres, dividendos, etc.) para comprobar si se aplica el impuesto mínimo sobre la renta elevada. En otras palabras, aunque no haya habido retención en ningún mes concreto, en la declaración anual el contribuyente tendrá que comparar el impuesto pagado frente al mínimo adeudado sobre los ingresos > 600 mil R$.

Absolutamente, a partir de ahora, tanto los contribuyentes como las empresas pagadoras deberán ser más cuidadosos en sus cálculos y registros fiscales. Un desliz en la contabilización de una distribución o en el cumplimiento del límite de exención puede suponer pagar demasiados impuestos (o tener problemas por pagar de menos).

Así que invierte en sólidos controles internosMantenga al día hojas de cálculo o sistemas de gestión que registren todos estos movimientos, forme a su equipo financiero/contable en los nuevos requisitos y, si es necesario, recurra a auditorías o consultorías para revisar los procedimientos.

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Este cuidado adicional garantizará que su empresa cumplir correctamente sus obligaciones y evitar multas o pagos indebidos. Recuerde el dicho: “No se puede gestionar lo que no se puede medir”, así que empiece a medir más a fondo todo lo que implique la remuneración de sus socios y los resultados de su empresa.

5 - Buscar el apoyo de una empresa de contabilidad especializada

Por último, no intentes afrontar este cambio solo. el apoyo profesional es crucial. Las normas fiscales se volverán más complejas y cada empresa tendrá que adaptarse a unos retos particulares. Así que considere contratar o consultar a un asesoramiento contable y fiscal especializado, Un buen contable o asesor fiscal será capaz de analizar en detalle el escenario de su empresa y orientarle hacia las mejores estrategias. Un buen contable o asesor fiscal le ayudará a aplicar todos los consejos anteriores de forma coordinada y segura, así como a identificar oportunidades de ahorro fiscal dentro de la ley que pueden pasar desapercibidos. Cuente con estos expertos para simular escenarios, evitar interpretaciones erróneas de la ley y elaborar un plan fiscal a medida.

Preguntas más frecuentes (FAQ)

¿Dividendos y pro-trabajo son lo mismo?
No. Dividendos son la parte del beneficio neto de una empresa que se distribuye a los socios o accionistas en proporción a su participación. En a favor de los trabajadores es la retribución fija que perciben los socios administradores por su trabajo en la sociedad, es decir, es el salario mensual de los socios (sobre el que se repercute en origen el INSS y el IRPF, como en cualquier nómina).

¿Cuándo entran en vigor las nuevas normas?
La nueva normativa entrará en vigor el 1 de enero de 2026. Cualquier distribución de beneficios realizada de a partir de esa fecha estarán sujetos a tributación 10% (si superan el límite mensual). Hasta el 31 de diciembre de 2025, seguirá aplicándose la exención total de los dividendos pagados durante este periodo. Por lo tanto, 2025 es el último año bajo el antiguo régimen; en 2026, las distribuciones de beneficios tendrán que seguir las nuevas normas.

¿Quién paga más impuestos con la nueva fiscalidad?
Principalmente, accionistas o inversores que reciben grandes cantidades de dividendos. Si percibe habitualmente de la misma empresa dividendos superiores a 50.000 R$ al mes, le retendrán 10% de impuestos sobre la parte que exceda de esta cantidad.

¿Cómo ajustar la nómina de la empresa?
Una de las principales acciones es revisar la política pro-obrera de los socios. En 2026, será interesante establecer un pro-trabajo adecuado, aprovechando el hecho de que los primeros R$ 5.000 de salario mensual estarán exentos del IR (y hasta alrededor de R$ 7.350 tendrán un descuento parcial en la tasa).

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Conclusión

La tributación de los dividendos a partir de 2026 marca un cambio histórico en el panorama fiscal brasileño, que exige la adaptación de empresarios y emprendedores. Quienes se preparen con antelación estarán en mejor posición para minimizar el impacto e incluso identificar oportunidades que conlleva esta nueva norma. Si antes bastaba con distribuir libremente los beneficios, ahora será necesario planificar las retiradas, reinvertir posiblemente parte de los beneficios en la empresa o ajustar la forma de remunerar a los socios.

 A CLM Controlador contable se posiciona como socio estratégico de su empresa en este proceso de transición. Con amplia experiencia en asesoramiento fiscal y planificación financiera, El equipo de CLM está preparado para ayudarle a interpretar las nuevas normas y elaborar un plan de acción a medida. estamos a su lado, ofreciéndole seguridad, claridad y soluciones técnicas para que su empresa no sólo prepárate para la imposición de los dividendos, pero prosperar incluso en un nuevo entorno fiscal. póngase en contacto con nosotros ahora.

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