ICMS para software: ¿es válido o no?
El escenario fiscal en Brasil es notoriamente complejo, y esta complejidad se extiende al sector tecnológico, donde el software desempeñan un papel fundamental. Una de las cuestiones que se plantean con frecuencia en este contexto es la aplicación del ICMS (Impuesto sobre la Circulación de Mercancías y Servicios) sobre software. En este artículo exploraremos la situación actual del ICMS para software y aclararemos si las empresas tecnológicas siguen sujetas a este impuesto.
La respuesta es NO¡! ICMS para Software ya no es válida.
El 3 de marzo de 2021 se publicó el ATA nº 04, de 24/02/2021, DJE nº 39, publicado el 2 de marzo de 2021. El STF dictaminó que el impuesto que debe aplicarse a las transacciones comerciales con software ¡es ISSQN!
Por lo tanto, esta determinación se ajusta al § 2 del Art. 1 de la Ley Complementaria 116/2003:
Art. 1o El impuesto sobre servicios de cualquier naturaleza, a cargo de los municipios y del Distrito Federal, tiene como hecho imponible la prestación de los servicios incluidos en la lista anexaaunque no constituyan la actividad principal del proveedor.
- 2o A reserva de las excepciones que figuran en la lista adjuntaEl los servicios mencionados en el mismo no están sujetos al Impuesto sobre las Operaciones Relativas a la Circulación de Mercancías y a la Prestación de Servicios de Transporte y Comunicaciones Interestatales e Intermunicipales - ICMSaunque su prestación implique el suministro de bienes.
Lista de servicios anexa a la Ley Complementaria nº 116, de 31 de julio de 2003.
1.05 - Licencia o cesión del derecho de uso de programas informáticos. (énfasis añadido)
O El STF (Supremo Tribunal Federal) ha establecido la tesis de que "El Impuesto sobre Servicios (ISS) debe aplicarse a la licencia y cesión del derecho de uso de un programa informático". Así se puso fin a una discusión que duraba ya más de 20 años. Una situación que tratado en RE 176.626-3 SP de 1998, Acuerdo ICMS 181 de 2015, Acuerdo 106 de 2017, Dictamen Normativo 01 de 2017 de la Municipalidad de São Paulo y ADI 1.945 de 1.999 y ADI 5.659 de 2017, se pronunció a favor de las dos Acciones Directas de Inconstitucionalidad (ADI)El impuesto ICMS recaudado sobre software Concesión de licencias y cesión del derecho de uso de programas informáticos.
Todo este proceso judicial -que ha durado más de 20 años- ha generado, en consecuencia, muchas dudas sobre cómo se han desarrollado las decisiones del STF y qué entra y qué sale de los impuestos por software.
En este artículo lo veremos más de cerca. Compruébelo usted mismo.
[Artículo]: Normativa fiscal e incentivos para los empresarios extranjeros en Brasil
Para qué sirve el ICMS software:
El Impuesto sobre Circulación de Mercancías y Prestación de Servicios (ICMS) es el impuesto que se recauda cuando un producto o servicio imponible circula entre ciudades, estados o de personas jurídicas a particulares (como cuando una tienda de electrodomésticos vende un microondas a un cliente).
Como resultado, las empresas de la zona afirmaron que software no se puede cobrar el ICMS cuando no hay circulación de bienes físicos. La idea era que, en su lugar, sólo se pudiera cobrar a los productos el ISS (Impuesto sobre Servicios), que es competencia de los ayuntamientos - el ISS tiene un tipo medio de 5%, mientras que el ICMS puede llegar a 18%.
[Artículo] Cambios en el RICMS/SPMás información sobre el crédito ICMS 2023
¿Qué es la ISS?
Impuestos sobre servicios de cualquier tipo (ISS). Como tal, es un impuesto recaudado por los municipios y el Distrito Federal. Esto significa que todas las cantidades recaudadas en concepto de ISS van a parar a las arcas públicas municipales.
Por tanto, su incidencia se produce en los casos en que se presta un servicio, con reglas generales subordinadas a la Ley Complementaria 116/2003.
Conviene recordar que este tipo de impuesto, al ser municipal, puede variar de una región a otra.
[Artículo]: Los empresarios comprenden la importancia de ponerse en el lugar del cliente
¿Cómo evalúa cada caso de impuesto sobre programas informáticos?
Como se habrán dado cuenta, la evaluación de los impuestos recaudados sobre software no es tarea fácil, dada la falta de cualificación jurídica en este segmento. Así que, para facilitar la vida a los empresarios que buscan entender qué impuestos se deben pagar al vender este tipo de servicios/productos, hemos organizado el software en 6 categorías fiscales. Consulte la siguiente lista:
1. Software comercial
- Cualificaciones: Servicio
Impuestos:
- ISS: 2.90%.
- PIS no acumulativo (beneficio real): 1.65%
- COFINS no acumulativos (beneficio real): 7.60%
- PIS acumulado (Beneficio presunto): 0,65%
- COFINS acumulados (beneficio presunto): 3%
- IRPJ*: 15%
- IR adicional*: 10%
- CSLL*: 9%
2. Software personalizable
- Cualificaciones: Servicio
Impuestos:
- ISS: 2.90%.
- PIS acumulado: 0,65%
- CONFINS acumulados: 3%
- IRPJ*: 15%
- IR adicional*: 10%
- CSLL*: 9%
3. Software personalizado
- Cualificaciones: Servicio
Impuestos:
- ISS: 2.90%
- PIS acumulado : 0,65%
- COFINS acumulados : 3%
- IRPJ*: 15%
- IR* adicionales: 10%
- CSLL*: 9%
4. Software comercial importado
- Cualificaciones: Servicio
Impuestos:
- ISS: 2.90%
- PIS no acumulativo (beneficio real): 1.65%
- COFINS no acumulativo (Beneficio real): 7.60%
- PIS acumulado (beneficio presunto): 0,65%
- COFINS acumulado (beneficio presunto): 3%
- IRPJ*: 15%
- IR adicional*: 10%
- CSLL*: 9%
5. Software personalizable importado
- Cualificaciones: Servicio
Impuestos:
- ISS: 2.90%
- PIS no acumulativo (beneficio real): 1.65%
- COFINS no acumulativos (beneficio real): 7.60%
- PIS acumulado (beneficio presunto) 0,65%
- COFINS acumulados (beneficio presunto) 3%
- IRPJ*: 15%
- IR adicional*: 10%
- CSLL*: 9%
Conclusión
La decisión del STF ha supuesto cierto alivio para las empresas tecnológicas, pero la cuestión de la fiscalidad software aún no está completamente resuelta. La aplicación del ISS puede variar, por lo que las empresas deben conocer la normativa específica de su municipio. Además, es importante estar al tanto de posibles cambios en la legislación que puedan afectar a la fiscalidad del software en el futuro.
En resumen, el ICMS para software ya no está en vigor, pero las empresas tecnológicas deben seguir vigilando la legislación y estar preparadas para cumplir sus obligaciones fiscales, especialmente en relación con el ISS. El asesoramiento de expertos fiscales es clave para garantizar el cumplimiento y una gestión fiscal eficaz en el sector tecnológico.