¿Sabe cómo funciona la fiscalidad para los proveedores de servicios y qué puede hacer para pagar menos impuestos? Si tiene alguna duda sobre el tema, ha llegado al lugar adecuado.
En este artículo Controlador CLM detallará la fiscalidad de los prestadores de servicios que trabajan como particulares y como empresas. Merece la pena echarle un vistazo.
Escuche nuestro podcast en el que Rodrigo y Bea comparten consejos prácticos para reducir los impuestos de forma legal y estratégica.
Fiscalidad de los prestadores de servicios individuales
Proveedores de servicios que trabajan como individual (sin constituir un CNPJ) tributan según la tabla progresiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Los tipos aumentan en función del tramo de renta, llegando hasta el 27.5% en la parte inferior.
Consulte la tabla mensual actual de IRPF:
Base de cálculo | Tarifa | Parte a deducir |
---|---|---|
Hasta 2.259,20 | Exento | Exento |
De 2.259,21 a 2.826,65 | 7.50% | R$ 169,44 |
De 2.826,66 a 3.751,05 | 15% | R$ 381,44 |
De 3.751,06 a 4.664,68 | 22.50% | R$ 662,66 |
Por encima de 4.664,68 | 27.50% | R$ 896,00 |
Cuadro 1: Tabla mensual del IRPF aplicable en 2024
Tenga en cuenta que los valores mensuales superiores a R$4,664.68 están sujetos al tipo máximo de 27,5%, con una parte fija de R$896,00 que debe deducirse al calcular el impuesto.
Además del IRPF, el profesional autónomo normalmente necesidad de contribuir al INSS como contribuyente individual y también está sujeto a la ISS (Impuesto sobre servicios) tasa municipal (normalmente entre 2% y 5% sobre el valor del servicio). Por ejemplo, un autónomo puede pagar unos 5% ISS en sus servicios, según la ciudad, además del INSS mensual.
Estas obligaciones, unidas al impuesto sobre la renta, hacen que actuar como persona física se traduzca normalmente en una elevada presión fiscal. Sin duda, no es la opción más económica cuando tus ingresos aumentan, ya que las deducciones son limitadas y los tipos progresivos del IRPF pueden llevarse una parte importante de tus ingresos.
Excepción - MEI: Para los proveedores de servicios con un volumen de negocios muy bajomerece la pena considerar la formalización como Microempresario individual (MEI)Esta es una categoría simplificada dentro de Simples Nacional.
MEI le permite emitir un CNPJ y pagar impuestos mensuales fijos (independientemente de los beneficios) siempre que el volumen de negocios anual no supere los 2.000 millones de euros. R$ 81.000,00.
En 2024, el DAS-MEI de los proveedores de servicios ronda R$ 75,60 al mes, incluyendo 5% del salario mínimo para el INSS e R$ 5.00 ISS fijo. En otras palabras, incluso ganando cerca del límite anual (R$ 81.000), el MEI pagará menos de R$ 1.000 en impuestos para todo el año - una carga efectiva por debajo de 1.000 R$. 1.5% ¡de facturación!
Para quienes se acojan a las normas del MEI (actividades permitidas y sin socios), es la forma más barata de tributación. En cambio, los que supera el límite MEI o realiza actividades no permitidas, tendrá que pasar a regímenes fiscales convencionales (como Simples Nacional, Lucro Presumido o Lucro Real).
Fiscalidad de los prestadores de servicios en Simples Nacional
O Simples Nacional es un régimen fiscal al que pueden acogerse los prestadores de servicios que tengan un CNPJ y ganen hasta 4,8 millones de R$ al año.
En este régimen, el tipo de cotización tendrá en cuenta el volumen de negocios anual de la empresa prestadora de servicios y el tipo de actividad que desarrolla.
Existen tres posibles anexos con tipos para calcular los impuestos en el ámbito de los servicios. Consulte a nuestros contables para ver en cuál de ellos tributa su tipo de actividad.
Anexo III
Pista | Ingresos en 12 meses | Tarifa | Importe a deducir |
---|---|---|---|
1ª | Hasta 180.000,00 | 6.00% | -- |
2ª | De 180.000,01 a 360.000,00 | 11.20% | R$ 9.360,00 |
3ª | De 360.000,01 a 720.000,00 | 13.20% | R$ 17.640,00 |
4ª | De 720.000,01 a 1.800.000,00 | 16.00% | R$ 35.640,00 |
5ª | De 1.800.000,01 a 3.600.000,00 | 21.00% | R$ 125.640,00 |
6ª | De 3.600.000,01 a 4.800.000,00 | 33.00% | R$ 648.000,00 |
Anexo IV
Pista | Ingresos en 12 meses | Tarifa | Importe a deducir |
---|---|---|---|
1ª | Hasta 180.000,00 | 4.50% | - |
2ª | De 180.000,01 a 360.000,00 | 9.00% | R$ 8.100,00 |
3ª | De 360.000,01 a 720.000,00 | 10.20% | R$ 12.420,00 |
4ª | De 720.000,01 a 1.800.000,00 | 14.00% | R$ 39.780,00 |
5ª | De 1.800.000,01 a 3.600.000,00 | 22.00% | R$ 183.780,00 |
6ª | De 3.600.000,01 a 4.800.000,00 | 33.00% | R$ 828.000,00 |
Anexo V
Pista | Ingresos en 12 meses | Tarifa | Importe a deducir |
---|---|---|---|
1ª | Hasta 180.000,00 | 15.50% | -- |
2ª | De 180.000,01 a 360.000,00 | 18.00% | R$ 4.500,00 |
3ª | De 360.000,01 a 720.000,00 | 19.50% | R$ 9.900,00 |
4ª | De 720.000,01 a 1.800.000,00 | 20.50% | R$ 17.100,00 |
5ª | De 1.800.000,01 a 3.600.000,00 | 23.00% | R$ 62.100,00 |
6ª | De 3.600.000,01 a 4.800.000,00 | 30.50% | R$ 540.000,00 |
Importante: Contrariamente a lo que muchos piensan, Simples Nacional no siempre es la opción más económica para los proveedores de servicios en cualquier situación.
Aunque ofrece practicidad y, de hecho, beneficia a las empresas de más pequeñoA medida que aumentan el volumen de negocios y el tipo de servicio, la carga fiscal del Simples puede acercarse (o incluso superar) a la de otros regímenes.
Por ejemplo, las actividades incluidas en el Anexo V, con alto volumen de negocio y bajos gastos, pueden acabar pagando un porcentaje importante de sus ingresos en impuestos Simples. En estos casos, es fundamental evaluar alternativas como el Beneficio Presunto -que veremos más adelante-, donde la tributación puede ser menor a partir de un determinado nivel de ingresos.
Rodrigo Ribeiro
Fiscalidad de los prestadores de servicios con beneficio presunto
O Beneficio presunto es un régimen fiscal al que pueden acogerse los prestadores de servicios que tengan un CNPJ y ganen hasta R$ 78 millones al año.
Además, en Simples Nacional, los impuestos se pagan en una única cuota mensual, con tarifas que varían en función del volumen de negocio.
No Beneficio presunto, cada impuesto se paga en su propio formulario y los tipos son fijos, es decir, no varían con el crecimiento del volumen de negocio.
La lista básica de tasas de ganancia presunta es la siguiente:
- IRPJ: 15%
- CSLL: 9%
- PIS: 0,65%
- COFINS: 3%
- ISS: 2% a 5%
Al principio, los tipos IRPJ y CSLL pueden llamarle la atención, pero no se calculan sobre el volumen de negocios de la empresa, sino sobre un porcentaje del mismo, es decir, el famoso Beneficio Presunto.
A continuación presentamos dos cuadros con los porcentajes de presunción, uno para el IRPJ y otro para el CSLL.
IRPJ - Impuesto de Sociedades
Actividades | Tarifa |
---|---|
Servicio de transporte de mercancías Servicios inmobiliarios Servicios hospitalarios Servicios rurales. | 8 % |
Servicios de transporte (excepto carga) Servicios generales (con ingresos brutos de hasta 120.000 R$/año) | 16% |
Servicios profesionales Servicios de intermediación empresarial Gestión de la propiedad y servicios de arrendamiento - Servicios en general, para los que no se prevé ningún porcentaje específico | 32% |
CSLL - Contribución social sobre el beneficio neto
Actividades | Tarifa |
---|---|
Servicios hospitalarios Servicios de transporte | 12% |
Servicios en general, excepto servicios hospitalarios y de transporte | 32% |
Por lo tanto, las tasas efectivas más elevadas de IRPJ y CSLL en Beneficio Presumido para los proveedores de servicios son respectivamente:
- IRPJ: 4.80%
- CSLL: 2.88%
Dicho esto, podemos decir que la tasa final de Beneficios Presuntos para los prestadores de servicios puede variar entre 13,33% y 16,33% sobre el volumen de negocios, repartidos de la siguiente manera:
- IRPJ: 4.80%
- CSLL: 2.88%
- PIS: 0,65%
- COFINS: 3%
- ISS: 2% a 5% (dependiendo de la legislación municipal).
No cabe duda de que, cuando se trata de la fiscalidad de los prestadores de servicios, la mejor manera de ahorrar en el pago de impuestos es optar por el abrir un CNPJ con el asesoramiento de una empresa de contabilidad especializada.
Preguntas frecuentes
1. ¿Cuál es el mejor régimen fiscal para los proveedores de servicios?
Depende de la actividad y del volumen de negocio. Simples Nacional es ventajoso para empresas con menores ingresos y actividades con tipos impositivos reducidos. Beneficio Presunto puede ser más económico para las que tienen márgenes de beneficio bajos y costes reducidos. El Beneficio Real es ideal cuando existen pérdidas fiscales o un elevado volumen de gastos deducibles.
2. ¿Cómo puede un proveedor de servicios pagar menos impuestos legalmente?
A través de planificación fiscalEsto incluye: elegir el régimen adecuado, revisar los CNAE, utilizar los créditos, separar los ingresos por actividad y los marcos fiscales estratégicos. Un diagnóstico completo ayuda a encontrar estas oportunidades.
3. ¿Merece la pena cambiar de régimen fiscal a lo largo del tiempo?
Sí, siempre que esté planificado. Los cambios en el tamaño de la empresa, la estructura de costes o los cambios legales pueden justificar el cambio de régimen fiscal. La decisión debe basarse en simulaciones comparativas realizadas por un contable especializado.
4. ¿Qué errores comunes hacen que los proveedores de servicios paguen más impuestos de los que deberían?
-
Elección errónea del régimen fiscal
-
CNAE obsoleta o inadecuada
-
Falta de control sobre los costes y los gastos deducibles
-
No separe los ingresos por tipo de servicio
-
Falta de actualización con los cambios en la legislación
Cómo pagar menos impuestos legalmente: 4 consejos prácticos
Incluso dentro del régimen elegido, hay planificación fiscal que pueden reducir la presión fiscal legalmentesin evasión fiscal. He aquí cuatro consejos esenciales para que los proveedores de servicios ahorren dinero dentro de la legalidad:
Elegir el régimen fiscal adecuado
Elegir bien entre Beneficio simple, presunto o real es la decisión más importante. Tenga en cuenta su volumen de negocio previsto, el margen de beneficios y el tipo de actividad. Simples es ventajoso para las empresas más pequeñas y las actividades con un tipo impositivo reducido, mientras que Lucro Presumido puede ser más económico para las que tienen un tipo impositivo más bajo. altos márgenes de beneficio y pocos gastos deducibles. Las empresas con pérdidas fiscales o muchos gastos deducibles pueden beneficiarse del régimen de Beneficio Real. Evalúe periódicamente si el régimen actual sigue siendo la mejor opción.
Enumere correctamente su actividad y CNAE
Compruebe si su empresa está clasificada en la CNAE (Código de Actividad) más favorable. A veces, un mismo servicio puede corresponder a diferentes descripciones, algunas con una fiscalidad menos onerosa. En Simples Nacional, por ejemplo, las actividades de algunos anexos pagan muchos menos impuestos.
Si puede encajar parte de sus servicios en un anexo con un tipo impositivo más bajo (o separar las actividades en empresas distintas), puede reducir la carga fiscal. Mantenga siempre su registro al día y conforme a la ley, pero explore marcos jurídicos más ventajosos.
Aproveche los incentivos y deducciones fiscales
No Beneficio presunto y beneficio realNo obstante, si tiene una base imponible, esté atento a los créditos y gastos deducibles. En Ganancia Presunta, aunque la base es fija, puede deducir ciertos incentivos del IRPJ/CSLL (como el patrocinio cultural a través de la Ley Rouanet, por ejemplo) o utilizar créditos PIS/COFINS si está en el régimen no acumulativo (caso específico de algunas empresas).
No Beneficio realEs esencial tener en cuenta todos gastos necesarios para la actividad, ya que reducen el beneficio imponible y, por tanto, los impuestos. Los gastos de nóminas, insumos, alquileres, viajes de negocios, formación, entre otros, pueden deducirse según las normas fiscales, lo que garantiza que sólo pague impuestos sobre el beneficio real restante.
Llevar un buen control financiero y estar al día con la legislación
Errores comunes que llevan a los proveedores a pagar más impuestos incluyen fallos organizativos e ignorancia legal. Mantenga un estricto control de la facturación para no sobrepasar los límites de su régimen (evitar la descalificación sorpresa de Simples, por ejemplo). Tenga en cuenta también costes y gastos - esto ayuda tanto a justificar las deducciones en el Beneficio Real como a evaluar si el beneficio presunto se ajusta a su realidad.
Separe los ingresos por tipo de servicio/producto si su empresa opera en diferentes actividades, ya que puede haber diferentes tratamientos fiscales (como diferentes tipos de ISS o anexos Simples). Por último, mantente al día de los cambios en la legislación fiscal.
Las leyes y reglamentos fiscales cambian con frecuencia en Brasil; nuevos tramos del impuesto sobre la renta, actualizaciones de los límites del Simples, la creación de incentivos o cambios en los tipos impositivos pueden tener un impacto directo en su negocio. Estar informado le permite reaccionar con rapidez, ya sea aprovechando un beneficio fiscal reciente o adaptándose para evitar sanciones.
Siguiendo estas estrategias y contando con asesoramiento profesional cuando sea necesario, es posible reducir significativamente el peso de los impuestos en su empresa de servicios, de forma legal 100%. La planificación fiscal, cuando se hace bien, identifica oportunidades de ahorro que a menudo pasan desapercibidas en la vida cotidiana.
¿Cómo ayuda CLM Controller a los proveedores de servicios a ahorrar dinero?
CLM realiza un diagnóstico completo de las operaciones y de la estructura fiscal de la empresa, evaluando el mejor régimen, revisando los procedimientos contables y proponiendo ajustes estratégicos. El objetivo es Reducir la presión fiscal con seguridad jurídica y mejorar la gestión financiera.
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