En los últimos años, Brasil ha aprobado una amplia reforma tributaria que implicará cambios significativos a partir de 2026 en la forma de calcular los impuestos para las empresas en el régimen de Beneficio real.
Al exigir un registro minucioso de ingresos, gastos y créditos fiscales, el Régimen de Lucro Real se considera el más sensible a los cambios introducidos por la reforma: cualquier modificación en los impuestos sobre el consumo (como PIS, Cofins, ICMS e ISS) repercute directamente en su cálculo y en su carga fiscal.
En 2026 será el punto de partida para la implementación de la reforma, con la introducción de los nuevos impuestos (CBS e IBS) que sustituirán gradualmente al PIS, Cofins, ICMS e ISS.
A continuación, detallamos qué cambia en el Beneficio real con la reforma tributaria desde los conceptos del IBS y el CBS, los nuevos créditos y bases de cálculo, el fin del PIS/Cofins, el calendario de transición hasta 2032 y lo que su empresa debe ajustar desde ya para evitar riesgos fiscales y aprovechar oportunidades.
¿Qué cambiará en 2026 para las empresas con régimen de beneficio real?
La reforma tributaria del consumo supone una profunda remodelación, que implementa gradualmente un modelo de IVA “dual”. En lugar de cinco impuestos (PIS, Cofins, IPI, ICMS e ISS), habrá dos principales: el CBS a nivel federal y el IBS a nivel subnacional (estados y municipios).
Los cambios clave a partir de 2026 son:
- Sustitución del PIS y Cofins por el CBS: Los dos impuestos federales actuales sobre la facturación (PIS/Pasep y Cofins) serán eliminados y fusionados en una única contribución denominada CBS (Contribución sobre Bienes y Servicios).
- Unificación del ICMS y el ISS en el IBS: A nivel estatal y municipal, se creará el IBS (Impuesto sobre Bienes y Servicios), que sustituirá gradualmente al ICMS (estatal) y al ISS (municipal).
- Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA) completo: Tanto la CBS como el IBS seguirán la lógica de un IVA moderno. Esto implica base de cálculo amplia (que abarca prácticamente todos los bienes y servicios, con pocas excepciones o exenciones) y no acumulabilidad total.
- Créditos más amplios: Con la no acumulatividad plena, habrá muchos más gastos generando créditos que hoy. Los insumos directos de producción seguirán generando crédito, pero además de ellos, los gastos administrativos, los servicios contratados, los alquileres, los gastos de marketing, todo lo que tenga IBS/CBS incidente podrá ser acreditado.
- Reducción de regímenes especiales y excepciones: La reforma busca simplificar el sistema, por lo que se revisarán muchos regímenes diferenciados. El modelo de la CBS, por ejemplo, será uniforme para prácticamente todos los sectores, eliminando la distinción actual entre el régimen acumulativo y no acumulativo del PIS/Cofins.
- Impuesto selectivo (IS): Además, se creó el Fiscalidad selectiva federal, apodado “impuesto del pecado”, que gravará productos específicos nocivos (como cigarrillos, bebidas alcohólicas, bebidas azucaradas, armas, vehículos de lujo, etc.). El IS no interfiere directamente en el cálculo del beneficio real de la mayoría de las empresas, ya que se limitará a unos pocos segmentos, pero cabe mencionar que no tendrá carácter de IVA (no genera créditos en la cadena).
Impacto en el cálculo del beneficio real
Para las empresas en Lucro Real, los cambios alteran significativamente la forma de calcular los impuestos indirectos y afectan incluso a la formación de resultados. A continuación, analizamos los principales efectos:
1. Costes más “limpios” y transparentes
Hoy en día, muchos gastos conllevan impuestos que no se convierten en crédito ISS en servicios, ICMS incorporado, PIS/Cofins parcialmente recuperable.
Con IBS y CBS, la regla cambia: casi todo genera crédito.
Es decir:
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El impuesto se incluye en la compra y se deduce como crédito.
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Los costes y gastos quedan registrados. impuestos líquidos.
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El DRE refleja ahora mejor el coste real de la operación.
Ejemplo sencillo: la energía sigue teniendo impuestos en la factura, pero el crédito es íntegro. Resultado: coste neto menor y más claro.
2. Efecto directo en el margen y en el beneficio
La reforma pretende ser neutral, pero no todos los sectores la percibirán de la misma manera.
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Industria y comercio tienden a tener un impacto moderado, porque ya utilizan créditos del ICMS y del PIS/Cofins. En algunos casos, incluso mejora debido a créditos que antes estaban prohibidos.
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Servicios puros deben sufrir más: quienes hoy pagan ISS (~5%) y PIS/Cofins con poco crédito se enfrentarán a IBS/CBS cerca de 25%.
Si la empresa no puede repercutir el aumento en el precio, el margen disminuye.
Por otro lado, si las ganancias disminuyen, El IRPJ y el CSLL también disminuyen, lo que suaviza parte del impacto.
El mensaje es claro: las empresas tendrán que recalcular los precios y los márgenes ya en 2025 para evitar sorpresas en 2026.
3. Cambios en los precios y en el destaque de impuestos
En facturas, IBS y CBS aparecerán de forma similar al ICMS actual.
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B2B: el cliente obtiene crédito → el impuesto tiende a ser neutro → repercutir el coste no genera pérdida competitiva.
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B2C: El consumidor no obtiene crédito → el precio tiende a subir o el margen disminuye.
El efecto inflacionario inicial debería manifestarse principalmente en los servicios y el comercio minorista orientados al consumidor final.
Las empresas con contratos a largo plazo deben prever cláusulas de ajuste o renegociación, de lo contrario tendrán que asumir el aumento.
4. Nuevas oportunidades de crédito
Aquí está una de las mayores ventajas para las empresas del Beneficio real.
Con la no acumulatividad amplia, los gastos administrativos y los servicios indirectos pasan a generar crédito, incluyendo:
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marketing (hoy sin crédito),
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logística,
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energía,
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servicios auxiliares.
Esto reduce el débito efectivo del IBS/CBS y mejora el resultado.
Pero hay que tener cuidado: revisar el plan contable y clasificar todo correctamente para no perder crédito innecesariamente. La inteligencia fiscal y las simulaciones serán fundamentales para identificar todas las oportunidades.
5. Riesgo de error en la clasificación
Incluso con reglas más sencillas, una clasificación errónea conlleva pérdidas.
Si una empresa no identifica que una determinada operación tiene una tasa reducida o está exenta, ella paga impuestos de más. Se declara exención donde no existe, recibe una multa.
Sectores como la educación, los medicamentos, la construcción y la exportación tendrán normas específicas. Los sistemas de determinación fiscal (tax engines) serán aliados para evitar errores.
6. Adecuación de sistemas y contabilidad
La llegada del IBS y el CBS exige ajustes inmediatos en TI y contabilidad:
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nuevas cuentas contables para créditos y débitos;
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convivencia entre dos sistemas tributarios (actual + IBS/CBS) entre 2026 y 2032;
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nuevos campos en la NF-e y la NFS-e;
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revisión de CFOP y códigos de tributación.
El comienzo es más laborioso, pero después la cantidad de impuestos será menor, el dolor es temporal, la ganancia es estructural.
Transición 2026-2032
La implementación de la reforma no será abrupta; se llevará a cabo a lo largo de varios años (2026 hasta 2032), para que las empresas y los gobiernos se adapten gradualmente. Los principales hitos de esta transición son:
| Año | ¿Qué cambia en la práctica? | Impuestos vigentes | Observaciones importantes |
|---|---|---|---|
| 2026 | Prueba real oficial: CBS + IBS simbólicos (1%) entran en las notas | PIS, Cofins, ICMS, ISS continúan | El importe recaudado se convierte en crédito para deducir el PIS/Cofins; impacto financiero casi nulo. |
| 2027 | CBS entra en vigor; fin del PIS/Cofins | CBS + ICMS + ISS | IPI reducido a cero para casi todos los productos |
| 2027-2028 | IBS piloto (muy pequeño); comienza el Impuesto Selectivo | CBS + ICMS + ISS + IS | Los estados y municipios ajustan la infraestructura; aún no hay cambios significativos. |
| 2029 | Comienza la sustitución de los impuestos regionales | 10% IBS + 90% ICMS/ISS | La factura fiscal tendrá dos líneas regionales. |
| 2030 | Aumento gradual | 20% IBS + 80% ICMS/ISS | La complejidad aumenta temporalmente |
| 2031 | Continuidad de la migración | 30% IBS + 70% ICMS/ISS | SPED con doble cálculo |
| 2032 | Último año de transición | 40% IBS + 60% ICMS/ISS | Las empresas ya estarán bien adaptadas |
| 2033 | Sistema completo nuevo | Solo CBS + IBS (+ IS) | El ICMS y el ISS quedan extinguidos |
2026 — Año de pruebas (CBS 0,9% + IBS 0,1%)
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La tasa es simbólica: solo sirve para probar. factura, contabilidad y créditos.
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El importe pagado por CBS/IBS será deducido del PIS/Cofins en el mismo período → ningún impacto financiero real.
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Quienes cumplan correctamente con las obligaciones accesorias pueden incluso quedar exentos del pago.
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Objetivo: probar sistemas, ajustar el ERP, evitar errores en 2027.
Traducción empresarial: 2026 es para organizar la casa, no para recalcular precios.
2027 — Entra en vigor la CBS y desaparece el PIS/Cofins
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La CBS entra con la tasa máxima (alrededor del 9%).
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El PIS y el Cofins dejan de existir.
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Los créditos se amplían: todo lo que se grava genera crédito.
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Las empresas deben actualizar sus declaraciones (las declaraciones DCTF y EFD-Contribuições dejan de existir).
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El IPI se reduce prácticamente a cero, excepto en la Zona Franca.
Impacto real:
Más simplicidad, créditos más altos, sistema más lineal, pero Es necesario revisar los precios..
2027–2028 — IBS Piloto + Impuesto Selectivo (IS)
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El IBS aún no sustituye realmente al ICMS/ISS.
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El ICMS y el ISS mantienen las mismas tasas impositivas.
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IBS aparece en un valor casi simbólico para probar el sistema.
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El impuesto selectivo ya se aplica a los productos “nocivos”.
Para empresas: cambia poco en la carga, pero la operación fiscal comienza a ser híbrida.
2029-2032: los años del “doble recuento”
Esos son los años más aburridos, porque la empresa va a convivir con dos mundos:
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IBS en crecimiento
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ICMS/ISS disminuyendo
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Dos cálculos, dos créditos, dos líneas en la factura.
Tabla de migración porcentual
| Año | SII | ICMS/ISS (Impuesto sobre las ventas e servicios) |
|---|---|---|
| 2029 | 10% | 90% |
| 2030 | 20% | 80% |
| 2031 | 30% | 70% |
| 2032 | 40% | 60% |
En la factura (ejemplo 2030):
Si la tasa regional total debería ser 18%, aparece como:
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3,6% IBS
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14,41 TP6T ICMS/ISS
SPED: dos cálculos.
ERP: necesita calcular cada parte correctamente.
Crédito: El IBS compensa al IBS; el ICMS compensa al ICMS, sin mezclas.
Alerta: Esos son los años que exigirán más TI, más atención y más auditoría interna.
2033 — Nuevo sistema 100% activo
En ese año:
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✖ El ICMS y el ISS dejan de existir.
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✔ IBS asume 100% del impuesto regional
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✔ CBS sigue siendo federal
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✔ El impuesto selectivo permanece aparte.
Brasil pasa, de hecho, a operar un IVA dual moderno, con menos obligaciones y una estructura mucho más simple.
Existe también una regla de seguridad:
si la suma de IBS + CBS supera 26,5%, el gobierno tiene que ajustarla.
Entonces no debería haber un “exceso” en la carga tributaria.
Efectos contables en el estado de resultados durante la transición
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2026-2028: El EBITDA puede “aumentar artificialmente”, ya que CBS entra antes de la línea de ingresos netos, mientras que PIS/Cofins era un gasto operativo.
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2029-2032: Los beneficios y los márgenes fluctúan debido al doble cálculo.
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Recomendación: crear informes internos comparando:
Consejos para empresas del Régimen de Lucro Real
Para aprovechar las oportunidades y mitigar los riesgos, la consigna es preparación. A continuación, se incluye una lista de acciones recomendadas para las empresas que tributan por el régimen de Lucro Real:
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Revisar registros fiscales (productos, servicios y proveedores) Haga un inventario de todos sus artículos (bienes comercializados, insumos adquiridos, servicios prestados y recibidos) y compruebe que las clasificaciones fiscales sean correctas y estén actualizadas.
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Adaptar los sistemas informáticos (ERP, facturación, fiscalidad) Póngase en contacto con los proveedores de software de su empresa o con su equipo interno de TI para implementar los cambios necesarios.
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Simular el impacto financiero y ajustar la planificación Utilice su historial de datos de 2024/2025 para realizar simulaciones de cuánto pagaría su empresa en impuestos con el nuevo modelo.
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Revisar contratos comerciales y cláusulas tributarias. Quizás adelantar o posponer inversiones en función de las ventajas fiscales, renegociar contratos a largo plazo previendo ya ajustes fiscales, comunicar a los clientes clave posibles variaciones de precios en 2027 para evitar sorpresas.
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Buscar apoyo especializado y seguir la legislación Analice sus contratos con proveedores y clientes a la luz de la reforma.
Conclusión: cómo puede ayudar CLM Controller
Navegar por todos estos cambios fiscales puede ser un reto, pero la Controlador CLM está lista para acompañarle en este viaje. Somos especialistas en contabilidad y asesoría fiscal, y nos centramos en ayudar a las empresas que tributan por el régimen de Lucro Real durante la reforma fiscal. Con nuestra ayuda, su empresa puede convertir sus obligaciones en oportunidades para ganar en eficiencia.
Cuente con la experiencia de CLM Controller. a atravesar la reforma tributaria con seguridad. ¡Juntos, simplificaremos el complejo y mantendremos su empresa siempre en conformidad y competitiva!

