Presunto Beneficio vs. Simples Nacional: ¿Conoce la diferencia entre Simples Nacional y Lucro Presumido, y cuál es el mejor régimen fiscal para su empresa?
Si tienes alguna duda sobre el tema o estás interesado en encontrar soluciones legales para pagar menos impuestos en tu negocio, quédate con nosotros y sigue este artículo hasta el final.
En este contenido, el equipo de expertos de CLM Controller Contabilidad le explicará todo lo que necesita saber sobre Simples Nacional y Lucro Presumido. Merece la pena echarle un vistazo.
¿Qué es Simples Nacional?
El Simples Nacional es un régimen fiscal creado por el Ley complementaria 123/2006El objetivo es simplificar la fiscalidad de las microempresas y las pequeñas empresas, es decir, las empresas con un volumen de negocios anual de hasta 4,8 millones de R$.
Una de las principales características de este sistema es que los impuestos se calculan directamente sobre el volumen de negocios de la empresa y se pagan en un único plazo mensual.
Vea qué impuestos pueden unificarse en el formulario único del Simples Nacional:
- IRPJ - Impuesto sobre Sociedades;
- CSLL - Contribución social sobre el beneficio neto;
- COFINS - Contribución a la Financiación de la Seguridad Social;
- PIS - Programa de Integración Social;
- IPI - Impuesto sobre Productos Industrializados;
- ICMS - Impuesto sobre la Circulación de Mercancías;
- ISS - Impuesto sobre los Servicios;
- CPP - Cotización empresarial a la Seguridad Social.
¿Quién puede afiliarse a Simples Nacional?
Por regla general, pueden unirse a Simples Nacionalempresas con un volumen de negocio anual de hasta 4,8 millones de R$.
Sin embargo, aunque cumplan el criterio del volumen de negocios, hay algunas empresas que no pueden acogerse al régimen simplificado. Descúbralas:
- Empresas con otras personas jurídicas en el consejo;
- Empresas con socios propietarios de otras empresas cuyo volumen de negocios combinado supere el límite de 4,8 millones de R$;
- Empresas e instituciones financieras;
- Empresas con socios en el extranjero;
- Empresas con actividades no incluidas en los Anexos del Simples Nacional;
- Empresas que tienen deudas pendientes con el gobierno;
- Empresas que poseen acciones de otras empresas;
- Empresas con filiales en el extranjero.
¿Cuáles son las tarifas y los anexos del Simples Nacional?
Para que lo entienda de forma práctica, ¿qué diferencia a Beneficio Presunto vs. Simples NacionalPresentaremos las tarifas de cada régimen.
Las tarifas del Simples Nacional varían en función del volumen de facturación y del tipo de actividad desarrollada por las empresas.
En la práctica, existen 5 anexos distribuidos por grupos de actividades. Las tarifas pueden variar de 4% a 33% sobre el volumen de negocios de la empresa. ¡Compruébelas!
Anexo I - Comercio
Pista | Ingresos en 12 meses | Tarifa | Importe a deducir |
---|---|---|---|
1ª | Hasta 180.000,00 | 4.00% | - |
2ª | De 180.000,01 a 360.000,00 | 7.30% | R$ 5.940,00 |
3ª | De 360.000,01 a 720.000,00 | 9.50% | R$ 13.860,00 |
4ª | De 720.000,01 a 1.800.000,00 | 10.70% | R$ 22.500,00 |
5ª | De 1.800.000,01 a 3.600.000,00 | 14.30% | R$ 87.300,00 |
6ª | De 3.600.000,01 a 4.800.000,00 | 19.00% | R$ 378.000,00 |
Anexo II - Industria
Pista | Ingresos en 12 meses | Tarifa | Importe a deducir |
---|---|---|---|
1ª | Hasta 180.000,00 | 4.50% | - |
2ª | De 180.000,01 a 360.000,00 | 7.80% | R$ 5.940,00 |
3ª | De 360.000,01 a 720.000,00 | 10.00% | R$ 13.860,00 |
4ª | De 720.000,01 a 1.800.000,00 | 11.20% | R$ 22.500,00 |
5ª | De 1.800.000,01 a 3.600.000,00 | 14.70% | R$ 85.500,00 |
6ª | De 3.600.000,01 a 4.800.000,00 | 30.00% | R$ 720.000,00 |
Anexo III - Servicios
Pista | Ingresos en 12 meses | Tarifa | Importe a deducir |
---|---|---|---|
1ª | Hasta 180.000,00 | 6.00% | -- |
2ª | De 180.000,01 a 360.000,00 | 11.20% | R$ 9.360,00 |
3ª | De 360.000,01 a 720.000,00 | 13.20% | R$ 17.640,00 |
4ª | De 720.000,01 a 1.800.000,00 | 16.00% | R$ 35.640,00 |
5ª | De 1.800.000,01 a 3.600.000,00 | 21.00% | R$ 125.640,00 |
6ª | De 3.600.000,01 a 4.800.000,00 | 33.00% | R$ 648.000,00 |
Anexo IV - Servicios
Pista | Ingresos en 12 meses | Tarifa | Importe a deducir |
---|---|---|---|
1ª | Hasta 180.000,00 | 4.50% | - |
2ª | De 180.000,01 a 360.000,00 | 9.00% | R$ 8.100,00 |
3ª | De 360.000,01 a 720.000,00 | 10.20% | R$ 12.420,00 |
4ª | De 720.000,01 a 1.800.000,00 | 14.00% | R$ 39.780,00 |
5ª | De 1.800.000,01 a 3.600.000,00 | 22.00% | R$ 183.780,00 |
6ª | De 3.600.000,01 a 4.800.000,00 | 33.00% | R$ 828.000,00 |
Anexo V - Servicios
Pista | Ingresos en 12 meses | Tarifa | Importe a deducir |
---|---|---|---|
1ª | Hasta 180.000,00 | 15.50% | -- |
2ª | De 180.000,01 a 360.000,00 | 18.00% | R$ 4.500,00 |
3ª | De 360.000,01 a 720.000,00 | 19.50% | R$ 9.900,00 |
4ª | De 720.000,01 a 1.800.000,00 | 20.50% | R$ 17.100,00 |
5ª | De 1.800.000,01 a 3.600.000,00 | 23.00% | R$ 62.100,00 |
6ª | De 3.600.000,01 a 4.800.000,00 | 30.50% | R$ 540.000,00 |
Para saber en qué anexo se encuentra su empresa, póngase en contacto con nosotros y solicite una consulta a nuestro equipo de expertos.
Beneficio Presunto vs. Simples Nacional: ¿cómo funciona el cálculo del Simples Nacional?
A cálculo Simples Nacional Para conocer el importe del impuesto mensual que debe pagar en virtud del régimen simplificado, debe utilizar la fórmula que figura a continuación:
[(RBT12 x ALIQ) - PD] / RBT12
Dónde:
- RBT12 - Ingresos brutos de los últimos 12 meses
- ALIQ - Tasa (Tabla)
- PD - Porción del importe deducible (tabla)
He aquí un ejemplo de cálculo basado en la siguiente información:
- Tipo de anexo: III
- Facturación en los últimos 12 meses: R$ 200.000,00
- Facturación en el mes en curso: R$ 20.000,00
- Tarifa Simples Nacional: 11.20%
- Parte deducible: R$ 9.360,00
Comprueba el cálculo:
[(R$ 200.000,00 x 11,20%) - R$ 9.360,00] / R$ 200.000,00(R$ 22.400,00 - R$ 9.360,00) / R$ 200.000,00
R$ 13.040/ R$ 200.000,00
Tasa efectiva: 6.52%
Por último, basta con multiplicar la facturación del mes por la tasa en cuestión. Así, según nuestro ejemplo, tendríamos R$ 20.000,00 x 6,52% = R$ 1.304,00.
¿Qué es el beneficio presunto?
Para que sepas de una vez por todas cuál es la diferencia entre Simples Nacional y Lucro Presumido, es hora de explicarte cómo funciona Lucro Presumido.
Por regla general, el Beneficio presunto es un régimen fiscal que pueden adoptar todas las empresas con un volumen de negocios de hasta R$ 78 millones al año, a excepción de aquellas que por algún motivo estén obligadas a tributar sobre la base del Beneficio Real.
En este régimen, cada impuesto se paga en su propia forma, especialmente el IRPJ y el CSLL, cuyo importe se calcula sobre la base de una presunción de beneficio predefinida por las autoridades fiscales.
¿Quién no puede afiliarse a Presunto Beneficio?
De acuerdo con la legislación vigente, aunque cumplan el criterio del volumen de negocios, no pueden acogerse al programa las siguientes empresas Beneficio presunto:
- Bancos comerciales;
- Bancos de inversión;
- Bancos de desarrollo;
- Agencias de desarrollo;
- Cajas de ahorros;
- Empresas de crédito, financiación e inversión;
- Sociedades de crédito inmobiliario;
- Sociedades de corretaje de valores y bolsa;
- Distribuidores de valores;
- Empresas de leasing y cooperativas de crédito;
- Compañías privadas de seguros y capitalización;
- Planes de pensiones privados abiertos;
- Empresas de asesoramiento crediticio y de marketing, gestión de créditos, selección y gestión de riesgos, gestión de cuentas por pagar y por cobrar;
- Empresas de factoring;
- Entidades de titulización de créditos inmobiliarios, financieros y agroindustriales.
Cuando se trata de Presunto Beneficio vs. Simples Nacional, es muy importante entender cuándo una empresa puede acogerse a cada régimen.
¿Cuáles son las tasas de ganancia presunta?
Los tipos utilizados para calcular los impuestos en el sistema de Ganancia Presunta son los siguientes:
- IRPJ: 15% sobre beneficio presunto;
- CSLL: 9% en beneficio presunto;
- COFINS: 3% en facturación;
- PIS: 0,65% sobre el volumen de negocios;
- ICMS e ISS: de acuerdo con la legislación local.
Ahora que lo sabes Tasas presuntas de beneficiosEn el próximo tema, explicaremos en detalle los tipos impositivos y el cálculo de los impuestos.
Beneficio Presunto vs. Simples Nacional: Cómo funciona el cálculo del Beneficio Presunto
En Beneficio Presunto, tenemos que calcular cada impuesto individualmente, observando reglas específicas para cada impuesto.
Compruébalo en la práctica, cómo calcular el Beneficio Presumido:
IRPJ - Impuesto de Sociedades
Para calcular el IRPJ en Beneficio PresuntoLo primero que hay que hacer es comprobar el tipo de actividad de la empresa y aplicar a su volumen de negocios uno de los tipos que figuran a continuación.
Actividades | Tarifa |
---|---|
Venta al por menor de combustible y gas natural | 1.60% |
- Venta de bienes o productos - Transporte de mercancías - Actividades inmobiliarias - Servicios hospitalarios - Actividad rural - Industrialización con materiales suministrados por el solicitante - Otras actividades no especificadas (excepto prestación de servicios) | 8 % |
- Servicios de transporte (excepto carga) - Servicios generales con ingresos brutos de hasta 120.000 R$/año | 16% |
- Servicios profesionales - Intermediación empresarial - Gestión, arrendamiento o cesión de bienes muebles/inmuebles o derechos - Servicios en general, para los que no se prevé ningún porcentaje específico | 32% |
A su vez, el tipo final del 15% se aplica al importe hallado, es decir, lo que Hacienda considera que es el Beneficio Presunto de la empresa, para llegar al importe del IRPJ.
He aquí un ejemplo:
- Facturación: R$ 100.000,00
- Actividad: Venta de bienes y productos (comercio).
IRPJ: R$ 100.000,00 x 8% (tasa de mesa) = R$ 8.000,00
IRPJ: R$ 8.000,00 x 15% (tasa de cálculo) = R$ 1.200,00
CSLL - Contribución social sobre el beneficio neto
Para calcular la CSLL en Beneficio Presunto, la regla es muy similar a la del IRPJ, salvo por la diferencia en los tipos a utilizar.
En este caso, para hallar el Beneficio Presunto a efectos del cálculo del CSLL, debemos utilizar la siguiente tabla:
Actividades | Tarifa |
---|---|
Comercio Industria Servicios hospitalarios Servicios de transporte | 12% |
Servicios en general, excepto servicios hospitalarios y de transporte Intermediación empresarial; Gestión, arrendamiento o cesión de bienes inmuebles, muebles y derechos de cualquier tipo. | 32% |
A su vez, una vez hallado el valor base, aplicamos un tipo de 9% para llegar al importe de CSLL a pagar. Véase el ejemplo siguiente:
- Facturación: R$ 100.000,00
- Actividad: Venta de bienes y productos (comercio).
CSLL: R$ 100.000,00 x 12% (tasa de mesa) = R$ 12.000,00
CSLL: R$ 12.000,00 x 9% (tasa de cálculo) = R$ 1.080,00
PIS y COFINS
A diferencia de los impuestos que hemos tratado anteriormente, en Beneficio Presunto el cálculo del PIS - Programa de Integración Social y COFINS - Contribución a la financiación de la Seguridad Social, se realizan directamente sobre el volumen de negocios.
Para ello, basta con multiplicar el volumen de negocios de la empresa por los porcentajes que figuran a continuación:
- PIS: 0,65%
- COFINS: 3%
He aquí un ejemplo de cálculo:
PIS: R$ 100.000,00 x 0,65% = R$ 650,00
COFINS: R$ 100.000,00 x 3% = R$ 3.000,00
Por último, el ICMS y el ISS también se calculan por separado, teniendo en cuenta las tasas estatales y municipales aplicadas en cada caso.
ISS se utiliza en el cálculo de fiscalidad de los prestadores de servicios en general, y el ICMS para calcular determinados servicios específicos, así como las actividades comerciales.
Pero después de todo, Beneficio Presunto vs. Simples Nacional¿cuál es la mejor opción? Veamos la respuesta a esta pregunta en el próximo tema.
Presunto Beneficio vs. Simples Nacional: ¿cuál es la mejor opción?
La elección entre Simples Nacional y Beneficio presunto depende de varios factores, como el tamaño de la empresa, el sector en el que opera, el volumen de negocio y la estructura de costes.
Ambos tipos de fiscalidad tienen características diferentes que los hacen más ventajosos en contextos distintos. Entender cómo funciona todo es muy importante si quiere pagar menos impuestos y evitar errores fiscales.
Simples Nacional
O Simples Nacional es un régimen fiscal simplificado dirigido a microempresas y pequeñas empresas con ventas brutas anuales de hasta 4,8 millones de R$.
Unifica el pago de impuestos federales, estatales y municipales en un único formulario, el Documento Nacional de Recaudación de Simples (DAS). También ofrece tarifas reducidas que varían según el sector y el volumen de negocios de la empresa.
Este sistema es ideal para empresas con poco volumen de negocio, ya que los impuestos se calculan sobre los ingresos brutos.
Beneficio presunto
O Beneficio presuntoPor otro lado, es adecuado para empresas con una facturación anual de hasta 78 millones de R$, que tienen altos márgenes de beneficio.
En este régimen, la base imponible viene determinada por un porcentaje fijo de los ingresos brutos, que varía en función de la rama de actividad (por ejemplo, 8% para el comercio y 32% para los servicios).
La ganancia presunta puede ser más ventajosa para las empresas con márgenes de beneficio superiores al porcentaje fijado, ya que permite pagar menos impuestos sobre el beneficio real de la operación.
En la práctica, la elección entre los dos regímenes depende de un análisis detallado del volumen de negocios, el margen de beneficios y la estructura de costes de la empresa.
Consultar a un contable es esencial si quiere tomar la decisión correcta y ahorrar dinero en su factura fiscal.
Lucro Presumido x Simples Nacional: pague menos impuestos con CLM Controller
Ahora que ya has visto un resumen de Simples Nacional y Lucro Presumido, es hora de empezar. pagar menos impuestos en su empresa.
Para ello, debe contar con el apoyo y la orientación de una empresa de contabilidad que sea especializada en reducción de impuestos.
No se lo pierda, ¡empiece ya a pagar menos impuestos! Haz clic en el botón de WhatsApp y ponte en contacto con CLM Controller Accounting.