Cambios en EFD-Reinf: lo que debe saber

La Secretaría de Ingresos Federales anunció recientemente cambios significativos en la Contabilización Fiscal Digital de Retenciones y Otras Informaciones Tributarias (EFD-Reinf) a través de la Instrucción Normativa (IN) 2.163/2023. Estos cambios afectan a las fechas de entrada en vigor y obligatoriedad de esta obligación accesoria, impactando directamente en empresas y prestadores de servicios de todo el país. En este artículo, vamos a discutir los principales cambios introducidos por esta nueva regulación y cómo podrían afectar a su negocio.

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Aplazamiento del plazo EFD-Reinf

Uno de los cambios más significativos se refiere al plazo de presentación de la EFD-Reinf. Antes de la IN 2.163/2023, la fecha límite para presentar esta obligación accesoria era el día 15 de cada mes. Ahora, el texto pospone la fecha límite para presentar el EFD-Reinf al primer día laborable después del día 15, si éste no es un día laborable, como sábados, domingos o festivos. Esto significa que en octubre, por ejemplo, el EFD-Reinf deberá presentarse antes del lunes 16 de octubre si el día 15 es domingo.

Con este cambio se pretende dar mayor flexibilidad a las empresas y evitar sanciones por retrasos en la entrega debidos a fechas no hábiles, como festivos y fines de semana.

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Servicios sujetos a autorretención

La IN 2.163/2023 también introduce cambios significativos para los servicios sujetos a autorretención. A partir de enero de 2024, los servicios sujetos a autorretención deberán ser declarados por el beneficiario, es decir, el prestador del servicio, en el evento R-4080. Este cambio pretende simplificar el proceso de declaración y mejorar la exactitud de la información facilitada a Hacienda.

Con este cambio, la fuente pagadora, que son los clientes de las empresas sujetas a autorretención, han quedado exentas de la información prevista en el evento R-4020. Esto beneficia a empresas que operan en sectores como la gestión de tarjetas de crédito, vales de comida, empresas de publicidad y propaganda, entre otros.

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Distribución de beneficios en EFD-Reinf

Otro cambio significativo introducido por la IN 2.163/2023 se refiere a las normas de distribución de beneficios. Las empresas exentas del Impuesto sobre la Renta (IR) que debían transmitir esta información el día 15 del mes siguiente en EFD-Reinf tendrán ahora un plazo ampliado. El nuevo plazo será el día 15 del segundo mes siguiente al final del trimestre.

Por ejemplo, la información correspondiente al trimestre que finaliza en septiembre debe presentarse antes del 15 de noviembre. Del mismo modo, la información correspondiente al trimestre de diciembre debe presentarse antes del 15 de febrero, y así sucesivamente. Este cambio ofrece mayor flexibilidad a las empresas exentas del impuesto sobre la renta y simplifica el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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Conclusión 

En resumen, la Instrucción Normativa 2.163/2023 introdujo importantes cambios en el EFD-Reinf, alterando los plazos de presentación, las responsabilidades de autorretención y las fechas de distribución de beneficios. Es fundamental que las empresas conozcan estos cambios y ajusten sus procesos internos para cumplir adecuadamente con sus obligaciones fiscales, evitando posibles sanciones. Esté siempre atento a las actualizaciones de la Agencia Tributaria y manténgase informado para garantizar que su empresa cumple con sus obligaciones fiscales.

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1 comentarios de “Alterações na EFD-Reinf: o que você precisa saber 2023

  1. Patricia dice:

    Actualmente CLM nos ha proporcionado la información más rápida, lo cual es satisfactorio en medio de la locura fiscal del REINF, ¡informándonos de todo con antelación!

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