La devolución de impuestos será una de las principales novedades de la reforma fiscal sobre el consumo. Este mecanismo permitirá que las familias con bajos ingresos recuperen una parte de la CBS y del IBS pagados por la compra de productos y servicios.

La propuesta consiste en reducir la carga fiscal que recae sobre la población con menores ingresos, ya que estas familias suelen destinar una mayor parte de su presupuesto a la alimentación, la electricidad, el gas, el agua, el transporte y otros productos de primera necesidad.

Sin embargo, el reembolso fiscal no funcionará como los programas de puntos o de devolución de dinero que ofrecen los bancos y las tiendas. Será una prestación pública, calculada a partir de los impuestos que gravan el consumo de la familia.

En este artículo descubrirás quién tendrá derecho a ello, qué impuestos se devolverán, cómo identificará el Gobierno las compras y cuándo empezará a funcionar el sistema.

 

 

Índice

¿Qué es la devolución de impuestos?

“Cashback” significa, literalmente, «dinero de vuelta».

En el caso de la Reforma fiscal, el «cashback» consistirá en la devolución de una parte de los nuevos impuestos sobre el consumo:

¿Qué es la devolución de impuestos?
  • CBS, Contribución sobre Bienes y Servicios, de competencia federal;
  • IBS, Impuesto sobre Bienes y Servicios, gestionado por los estados y los municipios.

Estos dos impuestos sustituirán progresivamente a los actuales, como el PIS, el Cofins, el ICMS y el ISS.

El CBS comenzará a aplicarse efectivamente en 2027. Por su parte, el IBS entrará en una fase de transición a partir de 2029, y está previsto que la implantación completa del nuevo sistema tenga lugar en 2033.

El objetivo del «cashback» es reducir las desigualdades en la fiscalidad del consumo. En lugar de ofrecer una reducción general de los impuestos a toda la población, el sistema devolverá parte del importe pagado directamente a las familias con bajos ingresos.

¿Quién tendrá derecho a la devolución de impuestos?

La ayuda se destinará a las familias que cumplan los requisitos establecidos por la Ley Complementaria n.º 214/2025.

Para participar, será necesario:

  • estar inscrito en el Registro Único para Programas Sociales del Gobierno Federal, el CadÚnico;
  • tener unos ingresos familiares mensuales de hasta medio salario mínimo por persona;
  • vivir en Brasil;
  • tener un CPF en regla.

La inclusión de la familia en el sistema debería producirse automáticamente, sin necesidad de presentar una solicitud específica.

El reembolso se abonará al cabeza de familia inscrito en el CadÚnico, pero se tendrán en cuenta las compras realizadas por todos los miembros de la familia, siempre que estén vinculadas a sus respectivos números de identificación fiscal (CPF).

Marcos Ribeiro – Director de CLM Controller 

¿Cómo se calcula la renta por persona?

La renta por persona, también denominada renta per cápita, se calcula dividiendo la renta total de la familia entre el número de miembros.

Por ejemplo:

Una familia de cuatro miembros tiene unos ingresos mensuales totales de R$ 2.400.

En ese caso:

R$ 2.400 ÷ 4 personas = R$ 600 por persona.

Dado que el límite será de hasta medio salario mínimo por miembro, la aplicación dependerá del importe del salario mínimo vigente en ese periodo.

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¿Cuánto se devolverá?

Los porcentajes de devolución variarán en función del producto o servicio adquirido.

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La legislación prevé la devolución de:

  • 100% de la CBS;
  • 20% del IBS.

Estos porcentajes se aplicarán a los impuestos recaudados sobre los siguientes gastos:

  • botella de gas de hasta 13 kilos;
  • electricidad doméstica;
  • suministro de agua;
  • alcantarillado;
  • gas canalizado;
  • servicios de telecomunicaciones, como la telefonía e Internet.

Por lo tanto, esto no significa que el consumidor vaya a recibir un reembolso de 100% del importe de la factura o de la compra. El reembolso de 100% se aplicará únicamente a la parte correspondiente a la CBS.

En el resto de productos y servicios sujetos al reembolso, el importe mínimo del reembolso será de:

  • 20% de la CBS;
  • 20% del IBS.

La Unión, los estados y los municipios podrán aprobar porcentajes más elevados para su parte del impuesto, incluso estableciendo devoluciones diferenciadas en función de los ingresos familiares.

Ejemplo práctico del cashback

Ejemplo práctico del cashback

¿Será necesario indicar el CPF en la factura?

El registro de las compras realizadas por la familia será una parte importante del sistema.

Los documentos fiscales vinculados al CPF de los miembros del núcleo familiar podrán utilizarse para calcular el consumo y el importe de los impuestos que se devolverán.

Por ello, solicitar que se incluya el CPF en la factura debería cobrar aún más importancia para las familias beneficiarias.

Además de permitir la identificación de las operaciones, este sistema pretende fomentar:

  • la emisión correcta de facturas;
  • la formalización de las ventas;
  • la reducción de la evasión fiscal;
  • la lucha contra la competencia desleal;
  • el fomento de la responsabilidad fiscal.

La legislación establece que los procedimientos de pago del reembolso deben dar prioridad a los mecanismos que fomenten la emisión de documentos fiscales.

¿Cómo se devolverá el dinero?

Cómo se devolverá el dinero

En los servicios que se facturan periódicamente, como la electricidad, el agua, el alcantarillado y el gas canalizado, el reembolso puede aparecer directamente en la factura del consumidor.

Esto significa que la ventaja se podrá aplicar como un descuento o una rebaja en la propia factura.

En el resto de compras, el Gobierno deberá calcular el importe adeudado y transferir los fondos a las entidades financieras.

La legislación establece que, una vez realizado el recuento, el Gobierno dispondrá de un plazo de hasta 15 días para enviar los importes a los bancos. Las entidades financieras dispondrán de otros 10 días para transferir el dinero a los beneficiarios.

El medio de pago concreto, que podrá ser una cuenta bancaria, una cuenta digital u otro instrumento, dependerá aún de las normas operativas del sistema.

¿Se ingresará el reembolso inmediatamente después de cada compra?

No necesariamente.

A pesar de llamarse «cashback», no parece que el sistema vaya a funcionar exactamente igual que los programas comerciales en los que se abona un porcentaje en la cuenta del cliente justo después de la compra.

El Gobierno podrá recopilar la información fiscal de la familia correspondiente a un período determinado, calcular el importe de los impuestos efectivamente pagados y, a continuación, proceder a la devolución.

La periodicidad, el proceso de cálculo y los canales de consulta siguen estando sujetos a la normativa y a la implantación de las plataformas tecnológicas de la reforma fiscal.

¿Todas las compras darán derecho a un reembolso?

No.

Los productos y servicios con un tipo impositivo del 0 % en el CBS y el IBS no darán lugar a ninguna devolución, ya que no habrá ningún impuesto pagado que se pueda devolver.

Este es el caso de varios productos de la Cesta Básica Nacional de Alimentos, como el arroz, las alubias, la leche, la carne, el pan francés, los huevos y otros productos definidos en la legislación.

Tampoco habrá reembolso en productos sujetos al impuesto selectivo.

El impuesto selectivo se aplicará a determinados productos considerados perjudiciales para la salud o el medio ambiente. Su recaudación comenzará en 2027.

¿Se ingresará el reembolso inmediatamente después de cada compra?

No necesariamente.

A pesar de llamarse «cashback», no parece que el sistema vaya a funcionar exactamente igual que los programas comerciales en los que se abona un porcentaje en la cuenta del cliente justo después de la compra.

El Gobierno podrá recopilar la información fiscal de la familia correspondiente a un período determinado, calcular el importe de los impuestos efectivamente pagados y, a continuación, proceder a la devolución.

La periodicidad, el proceso de cálculo y los canales de consulta siguen estando sujetos a la normativa y a la implantación de las plataformas tecnológicas de la reforma fiscal.

¿Todas las compras darán derecho a un reembolso?

No.

Los productos y servicios con un tipo impositivo del 0 % en el CBS y el IBS no darán lugar a ninguna devolución, ya que no habrá ningún impuesto pagado que se pueda devolver.

Este es el caso de varios productos de la Cesta Básica Nacional de Alimentos, como el arroz, las alubias, la leche, la carne, el pan francés, los huevos y otros productos definidos en la legislación.

Tampoco habrá reembolso en productos sujetos al impuesto selectivo.

El impuesto selectivo se aplicará a determinados productos considerados perjudiciales para la salud o el medio ambiente. Su recaudación comenzará en 2027.

¿Son lo mismo la cesta básica y el cashback?

No. Son mecanismos diferentes.

En la cesta básica con tipo impositivo cero, el producto ya se venderá sin que se apliquen el CBS ni el IBS. Por lo tanto, el consumidor no tendrá que pagar el impuesto para luego recibir la devolución del importe.

En el sistema de devolución de dinero, el impuesto estará incluido en el precio de la compra o del servicio. Posteriormente, se devolverá una parte de dicho impuesto a la familia beneficiaria.

En resumen:

  • tipo impositivo cero: no se aplica el impuesto;
  • cashback: se cobra el impuesto y se devuelve una parte.
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¿Cuándo entra en vigor la devolución de impuestos?

El calendario sigue el proceso de implantación de los nuevos impuestos.

La devolución correspondiente a la CBS comenzará en enero de 2027.

Por su parte, la devolución de dinero relacionada con el IBS comenzará en 2029, coincidiendo con la transición del ICMS y el ISS al nuevo impuesto estatal y municipal.

En 2026, Brasil se encuentra en la fase inicial de pruebas de la Reforma fiscal. Las empresas ya deben adaptar sus documentos fiscales y sus sistemas para cumplimentar los campos relacionados con el CBS y el IBS, aunque la recaudación efectiva de los nuevos impuestos aún se encuentra en fase de implantación.

¿Habrá algún límite en el importe del reembolso?

La legislación permite que el cálculo tenga en cuenta unos límites de consumo acordes con el perfil y los ingresos de la familia.

Esto es importante para evitar que las compras de cuantía excesiva, incompatibles con el consumo doméstico de la unidad familiar, den lugar a devoluciones excesivas o se utilicen de forma irregular.

El Gobierno podrá analizar datos como:

  • renta familiar;
  • número de miembros;
  • documentos fiscales emitidos;
  • la naturaleza de los productos y servicios;
  • patrones medios de consumo.

Las normas detalladas relativas al cálculo, el control y los límites dependerán de la normativa operativa.

¿Se puede cancelar la prestación?

La familia podría dejar de recibir el reembolso si deja de cumplir los requisitos del programa.

Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando:

  • que los ingresos familiares superen el límite;
  • el registro en CadÚnico esté desactualizado;
  • que el responsable deje de residir en Brasil;
  • que el CPF presente alguna irregularidad;
  • si se detectara información incorrecta o incoherente.

Por eso, es importante mantener actualizados los datos del CadÚnico y comprobar periódicamente la situación del CPF de los miembros de la familia.

¿Podría aumentar el reembolso en algunos estados?

Sí.

La Ley Complementaria n.º 214/2025 estableció unos porcentajes mínimos de devolución, pero autorizó al Estado central, a los estados, al Distrito Federal y a los municipios a fijar porcentajes más elevados para la parte del impuesto que les corresponde.

Un estado, por ejemplo, podría decidir devolver un porcentaje mayor de su parte del IBS a las familias de un determinado nivel de ingresos.

Esto significa que el importe de la prestación podrá variar en función de la legislación aprobada por cada entidad federativa.

¿Qué cambia para las empresas?

Aunque el cashback está destinado a los consumidores, su implantación también afectará a las empresas.

El funcionamiento del mecanismo dependerá de la calidad de la información que se transmita a través de las facturas. Los errores en el CPF del consumidor, en la clasificación del producto o en el cálculo del CBS o del IBS pueden afectar al cálculo de la devolución.

Las empresas deberán revisar:

  • emisión de facturas;
  • identificación del CPF del consumidor;
  • registro de productos y servicios;
  • clasificación fiscal;
  • cálculo del CBS y del IBS;
  • integración entre el ERP, los medios de pago y los sistemas fiscales;
  • procedimientos de cancelación y devolución de ventas;
  • almacenamiento y transmisión de documentos fiscales.

También será necesario formar a los equipos de caja, atención al cliente, facturación, finanzas y tecnología.

Un aspecto importante es que el reembolso no debe ser financiado directamente por el establecimiento. La empresa calculará y recaudará los impuestos según las normas habituales, mientras que la devolución será gestionada por las autoridades públicas.

¿Por qué se creó el cashback?

Los impuestos sobre el consumo afectan proporcionalmente más a las familias con bajos ingresos.

Una familia con ingresos más bajos suele gastar casi todo su presupuesto en productos y servicios básicos. En cambio, las familias con ingresos más altos consiguen ahorrar e invertir una parte mayor de sus ingresos.

Dado que los impuestos sobre el consumo están incluidos en los precios, la población con menores ingresos acaba destinando una parte mayor de sus recursos al pago indirecto de impuestos.

El «cashback» pretende corregir en parte esa desigualdad, devolviendo los impuestos de forma más específica.

¿Cuáles son los retos del sistema?

A pesar de su potencial para reducir la desigualdad fiscal, la implantación del «cashback» planteará importantes retos.

Entre ellos se encuentran:

  • integración entre CadÚnico, Agencia Tributaria e Comité de Gestión del IBS;
  • identificación correcta de los miembros de cada familia;
  • el procesamiento de millones de documentos fiscales;
  • definición de los medios de pago;
  • protección de los datos personales;
  • lucha contra el fraude;
  • atención a las personas que no tienen cuenta bancaria;
  • actualización de los sistemas de las empresas;
  • una comunicación sencilla para los beneficiarios.

Su correcto funcionamiento dependerá de una infraestructura tecnológica capaz de cruzar datos fiscales y sociales de forma segura.

¿Cómo puede prepararse el consumidor?

Las familias que puedan tener derecho a la prestación deben empezar a tener en cuenta algunos aspectos:

  1. Mantener actualizado el CadÚnico.
  2. Comprueba que el CPF de todos los miembros de la familia esté en regla.
  3. Solicitar que se incluya el CPF en las facturas.
  4. Guardar los recibos de compra y las facturas de los servicios básicos.
  5. Sigue únicamente los canales oficiales del Gobierno.
  6. Desconfía de los mensajes en los que se te cobran comisiones para desbloquear el reembolso.

Dado que la inclusión debería ser automática, cualquier cobro por el registro, el adelanto o el desbloqueo de la prestación podría indicar un intento de estafa.

¿Cómo pueden prepararse las empresas?

Para las empresas, los preparativos deben comenzar antes de que el cashback entre en vigor.

Será necesario analizar los cambios de la reforma fiscal, actualizar los sistemas y garantizar que los documentos fiscales se emitan con la información correcta.

Entre las principales medidas se encuentran:

  • evaluar si el ERP está preparado para CBS e IBS;
  • revisar el registro fiscal de productos y servicios;
  • probar la emisión de documentos fiscales;
  • validar el número de identificación fiscal (CPF) del consumidor;
  • formar a los equipos responsables;
  • cumplir con la normativa de la Agencia Tributaria y del Comité de Gestión del IBS;
  • realizar simulaciones de precios, impuestos y flujo de caja;
  • Revisar la integración con bancos y medios de pago.

La adaptación no debe considerarse únicamente como una obligación del departamento fiscal. Abarca los ámbitos de la tecnología, las finanzas, la contabilidad, la atención al cliente, las ventas y la gestión de datos.

Conclusión

La devolución de impuestos será uno de los principales instrumentos sociales de la reforma fiscal.

El sistema permitirá que las familias inscritas en el CadÚnico y con unos ingresos de hasta medio salario mínimo por persona recuperen una parte de la CBS y del IBS que hayan pagado por su consumo.

La amortización comenzará en 2027 para la CBS y en 2029 para la IBS. Los servicios esenciales, como el agua, la electricidad, el gas y las telecomunicaciones, tendrán porcentajes de amortización más elevados.

Para los consumidores, será fundamental mantener actualizados el CadÚnico y el CPF, además de indicar el CPF al realizar las compras.

Para las empresas, el reto consistirá en garantizar la correcta emisión de las facturas, adaptar los sistemas y transmitir información fiable a la Agencia Tributaria.

La reforma fiscal exigirá una transformación significativa de los procesos fiscales y financieros. Anticiparse a los cambios será fundamental para reducir riesgos, evitar errores y operar con seguridad en el nuevo modelo fiscal.

¿Está su empresa preparada ya para los cambios que conlleva la reforma fiscal? CLM Controller le ayuda a revisar los procesos fiscales, los sistemas, los registros y las repercusiones financieras de la CBS y el IBS. Hable con nuestros expertos y prepare su empresa para el nuevo modelo fiscal.

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Preguntas frecuentes sobre la devolución de impuestos

¿Las personas que no figuren en el CadÚnico recibirán el reembolso?

Según la normativa vigente, no. La prestación se destinará a las familias con bajos ingresos inscritas en el CadÚnico que cumplan el resto de requisitos legales.

¿Es necesario inscribirse?

La inclusión debería realizarse automáticamente a partir de la información de CadÚnico. No obstante, los datos de la familia deberán estar actualizados.

¿El reembolso se aplicará sobre el importe total de la compra?

No. La devolución se calculará sobre la CBS y el IBS incluidos en el precio, y no sobre el importe total pagado por el consumidor.

¿Se devolverá el dinero en el momento de la compra?

En algunos servicios esenciales, el reembolso puede aparecer directamente en la factura. En el resto de compras, el importe se calculará y se transferirá posteriormente.

¿Será obligatorio indicar el CPF en la factura?

La legislación prevé el uso de los documentos fiscales vinculados al CPF para identificar el consumo de la familia. Por ello, indicar el CPF será importante para el cálculo de la devolución.

¿Se aplicará un reembolso a los productos de la cesta básica?

Los productos con tipo impositivo cero no generarán reembolso, ya que no habrá CBS ni IBS que devolver.

¿Las empresas pagarán el reembolso al cliente?

No directamente. La devolución la gestionará el Gobierno. La obligación de la empresa será emitir correctamente los documentos fiscales y recaudar los impuestos aplicables.

¿El cashback empieza en 2026?

No. En 2026 tendrá lugar la fase inicial de pruebas y adaptación. El reembolso de CBS comenzará en 2027 y el de IBS, en 2029.

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